Ciudad de México, 19 de octubre 2026.- El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que es válida la le Ley General en Materia de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación que permite apoyos económicos a investigadores de instituciones privadas cuando las investigaciones se orienten a fines públicos de interés nacional.
Con relación a los apoyos económicos del Sistema Nacional de Investigadoras e Investigadores (SNII), las y los ministros reconocieron la validez de los artículos “al precisar que la norma no excluye a las personas investigadoras adscritas a instituciones privadas del acceso a los mecanismos e instrumentos públicos de fomento y apoyo”.
Al discutir la acción de inconstitucionalidad 126/2023, el Máximo Tribunal determinó que el artículo 39 de dicha ley no establece una distinción discriminatoria entre estudiantes de instituciones públicas y privadas para programas de becas y apoyos complementarios para estudios de posgrado y estancias posdoctorales.
Indicaron que el requisito de que las instituciones no cobren colegiaturas o conceptos equivalentes tiene como finalidad que los apoyos públicos se destinen a cubrir gastos de manutención, transporte, vivienda y otras necesidades relacionadas con sus estudios.
Durante la sesión se estableció que la asignación de becas conforme a la disponibilidad presupuestaria debe realizarse de manera equitativa, sin que las diferencias de redacción entre las categorías permitan discriminar a las personas estudiantes.
La Corte reconoció la validez del artículo 68 de la ley, que prevé la participación de las secretarías de la Defensa Nacional y de Marina en la Junta de Gobierno del Consejo Nacional de Humanidades, Ciencias y Tecnologías (CONAHCYT), ya que su intervención se desarrolla en un entorno de coordinación institucional y permite aportar conocimientos especializados.
